Según la directiva 89/106/CE de productos de construcción, los fabricantes de toldos deben proceder a certificar sus productos para obtener el marcado CE de conformidad.

El sistema de verificación de conformidad de los toldos se encuentra recogido en la Decisión 1999/93/CE. De modo que el fabricante deberá realizar un ensayo inicial del tipo de producto en fábrica, y redactará una declaración CE de conformidad.

Para toldos motorizados es de aplicación, además, la directiva 98/37/CE, siendo necesaria la realización de ensayos y comprobaciones para certificar que los productos que se fabrican son seguros. Se tendrá que aplicar el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y el de Compatibilidad Electromagnética, además de las normas europeas EN 60335-1 y EN 60335-2-97.